Por Juan José Herrera |14 de febrero de 2024, 15:00 PM

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó, este miércoles, el rechazo de las dos demandas de nulidad presentadas por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) para la elección de alcalde en Orotina.

En ese cantón alajuelense, el Partido Liberación Nacional estaría ganando la alcaldía con solo dos votos de diferencia sobre los socialcristianos.

Por eso, el PUSC pidió que se anularan los resultados de la mesa 2.799 y que, además, se recontaran los votos en otras cinco.

“Demanda de nulidad es un mecanismo para anular el resultado de una mesa, no para recontarla, que es lo que pidió el PUSC para todo el cantón”, aseguró el asesor político del TSE, Gustavo Román, antes de ahondar en las razones de ese rechazo.

Román aseguró que las reglas de la elección municipal estaban claras y que sus resultados siempre son definitivos, por lo que los recuentos son excepcionales, en casos muy específicos, incluidas las disputas admisibles y los resultados inconsistentes.

“Ya se contaron todas las mesas que se tenían que recontar, que eran seis. No hay papeletas extraviadas ni disparidades en las cantidades”, afirmó tajante Román.

“En prácticamente todos los casos, las diferencias señaladas obedecieron a errores en el mensaje de transmisión realizado por la junta receptora de votos la noche de la elección; pero cuando revisamos las actas de cierre, firmadas en todos los casos por representantes del PUSC en esas mesas, que vieron con sus propios ojos los conteos y firmaron esas actas, dando fe de ello, los números cierran”, aseveró el asesor.

Román sí aceptó que en el caso de la mesa 2.799 hubo un voto más para la alcaldía, ya que por error a una persona se le entregaron dos boletas de alcalde en lugar de la de sindicatura y concejalías, pero que esto fue consignado por los miembros de la mesa desde el mismo día de la elección.

“No podemos saber para quién era ese voto de más, o si fue nulo o en blanco, pero aunque hubiera sido a favor del partido más votado y se anulara, la diferencia de ese partido con la PUSC se reduciría, pero no cambiaría el resultado”, aseveró Román.

En la mesa 2.782, por su parte, se determinó que los votos nulos, en el caso de la elección de alcaldía, estaban mal contados: se consignó en el acta tres votos cuando en realidad eran cuatro, con esa corrección el total de votos recibidos de la mesa corresponde a 244, cifra que coincide con la votación consignada para las regidurías.

Reacción

Por medio de un comunicado, el PUSC aseguró ser respetuoso de la institucionalidad del Tribunal Supremo de Elecciones; sin embargo, dice el documento, "no comparte en lo absoluto la decisión de los señores magistrados en relación con el escrutinio de Orotina".

"Resulta incomprensible que en un cantón donde la diferencia entre el primero y el segundo lugar es de apenas 2 votos —0,034% del total—, las autoridades electorales se nieguen a hacer un escrutinio de las 34 mesas del cantón, un proceso que no les tomaría más de dos horas, y permitiría determinar con absoluta certeza la voluntad del pueblo de Orotina.

"Debemos tener claro que no hay ninguna ley que prohíba hacer este escrutinio. De hecho, la negativa a realizarlo a la luz de las circunstancias indicadas le hace un flaco favor a la imagen de una institución tan importante para la democracia costarricense", indicó el partido socialcristiano.

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