Aprobada ley para evitar represalias laborales contra denunciantes y testigos de corrupción
La iniciativa crea un fuero de protección especial para trabajadores públicos y privados y sanciones económicas y administrativas para los empleadores.
Con el voto unánime de 39 diputados, el Plenario Legislativo aprobó esta mañana en segundo debate el expediente 23.449, que protege a trabajadores públicos y privados de represalias laborales cuando denuncien o sean testigos de un acto de corrupción.
La propuesta, presentada a finales del año anterior por el Poder Ejecutivo, establece sanciones de carácter económico y administrativo para cualquier empleador que utilice su poder para afectar o acosar a un empleado que denuncie algún ilícito.
“Las personas trabajadoras del sector público y privado requieren de protección y este proyecto lo hace a través de varias medidas, entre otras la prohibición de cualquier represalia por denunciar un acto de corrupción, como suspenderlos, despedirlos, evitar que puedan ascender o descenderlos.
“El objetivo es proteger a esas personas para que no se callan ante la corrupción, que deben ser protegidas para que no se utilice el poder patronal en su contra para limitar sus posibilidades de denunciar”, destacó el frenteamplista Jonathan Acuña.
Entre otras, el proyecto aprobado prohíbe la suspensión, despido, destitución o medidas equivalentes a personas que hayan denunciado actos de corrupción probables; lo mismo que cualquier cambio desfavorable en sus condiciones de trabajo, por ejemplo, funciones, horarios, espacio de trabajo y remuneración.
Además, crea un fuero de protección especial para los denunciantes y testigos y les permite a ambos la solicitud de medidas cautelares cuando se pruebe un acto desfavorable en su contra vinculado al hecho denunciado.
También ofrece asistencia legal gratuita en ambos escenarios y la posibilidad de una indemnización cuando el daño sea probado.
En cuanto al régimen sancionatorio, establece multas de entre 100 y 1000 salarios base para el caso de empleadores privados; mientras que en el sector público permite aplicar causas administrativas que van desde la amonestación hasta el despido sin responsabilidad patronal.