¿Es el voto nulo un ejercicio válido del derecho de protesta?
Según Gustavo Román, vocero del Tribunal Supremo de Elecciones, lo único que consiguen quienes deciden votar en nulo "es anular el peso de sus derechos ciudadanos en el proceso electoral".
Este domingo 3 de abril Costa Rica elegirá a su próximo presidente de la República entre los candidatos José María Figueres, del Partido Liberación Nacional (PLN), y Rodrigo Chaves, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD). Lamentablemente, uno de los invitados que acude con frecuencia a esta fiesta electoral es el voto nulo.
De acuerdo con el Código Electoral, los votos nulos son aquellos que no cumplen con los requisitos establecidos por la normativa en materia electoral, por ejemplo, aquellos que marcan dos o más casillas en la papeleta.
Por otro lado, los votos en blanco son aquellos donde la papeleta no señala el nombre de ningún candidato, o sea, que ninguna casilla fue marcada.
En otras palabras, tanto el voto nulo como el voto en blanco poseen una diferencia física, pero, jurídicamente, son exactamente iguales.
Para entender a fondo qué implicaciones tiene en las elecciones el voto nulo, Teletica.com conversó con Gustavo Román, asesor político del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
¿Qué implicaciones tiene el voto nulo en los resultados electorales?
En realidad, en el resultado electoral no tiene ninguna implicación ni el voto anulado ni el voto en blanco. No se suman al ganador, no se suman al perdedor; no tienen un efecto para determinar si se alcanza o no el 40% en primera ronda. No tienen ningún efecto para determinar el ganador en segunda ronda, tampoco tienen ningún efecto en el cálculo de cuánto dinero le corresponde a cada partido político contribuir al estado por el caudal de votación obtenido.
¿El voto nulo se suma al abstencionismo?
En el resultado electoral, el voto anulado, el voto en blanco y la abstención no tienen absolutamente ningún impacto. La única diferencia es que, estadísticamente, el voto anulado y el voto en blanco se cuentan como participación, porque no suman al abstencionismo. En cambio, ausentarse de las urnas y no ir a votar sí aumenta el porcentaje de abstención.
¿Votar nulo es considerado como un válido ejercicio del derecho de protesta?
Al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) no le corresponde calificar qué es un ejercicio válido de protesta o qué no lo es. Lo que sí podemos decir es que, en una democracia, los ciudadanos gozan de amplios espacios para ejercer la protesta.
La protesta como ejercicio de la libertad de expresión se puede hacer en una red social, en una manifestación en la calle, en una carta dirigida a los diputados, en un artículo de opinión o en un periódico. Son múltiples las formas en las que, por la vía de la libertad de expresión, se puede protestar en democracia.
Pero, la papeleta no es para eso, la papeleta no es para hacer un ejercicio de libertad de expresión, la papeleta es para elegir Gobierno, para eso es la papeleta, para elegir representantes y para elegir Gobierno. Cualquier otro uso diferente de la papeleta, la legislación electoral, lo que dispone en Costa Rica, es anularlo y no tomarlo en cuenta de ninguna manera.
Para el resultado, no importa cuántas personas anulen el voto, que igual la elección se va a definir exclusivamente en función de las personas que marcaron por una de las dos opciones, en este caso que estaban disponibles.
¿Votar nulo desfavorece a la democracia?
En realidad, el anular el voto a la única persona que desfavorece es al que así procede, es decir, al que decide anular su voto. Es la persona quien se ve perjudicada porque se automargina de una decisión cuyos efectos le van a afectar, le van a impactar positiva o negativamente.
Es decir, no importa si una persona anula el voto o no va a votar o se abstiene, este domingo se elige al presidente de este país sí o sí, sin ninguna duda. De modo que lo único que está en discusión es si esa persona va a hacer que su voluntad pese en la definición sobre quién será el próximo presidente o si ese votante se va a automarginar de dicha decisión.
¿El TSE ve con preocupación los movimientos informales que llaman a votar nulo?
No, el Tribunal Supremo de Elecciones no ve con preocupación esos movimientos, porque el deber y la misión del TSE es garantizarle a todos los costarricenses que tengan el derecho de votar en libertad, en paz y con tranquilidad. No es su rol garantizar que todos los costarricenses voten, al contrario, la responsabilidad del Tribunal Supremo de Elecciones es garantizarles y facilitarles ese derecho a los costarricenses.
Otra misión muy importante que tenemos es proteger la voluntad de aquellos electores que salieron a votar, contando fiel y escrupulosamente sus votos. Esa es nuestra misión y esa misión, desde luego, en ninguno de los dos sentidos, se ve afectada si un grupo de personas decide anular su propio voto. Esas personas lo único que están haciendo es anulando el peso de sus derechos ciudadanos en el proceso de elección.