Por Angélica Barrantes |16 de abril de 2025, 6:30 AM

Según el Código de Trabajo, los próximos feriados del jueves 17 y viernes 18 de abril son días libres establecidos por ley durante la Semana Mayor y deben pagarse de forma obligatoria (vea el video adjunto de Telenoticias).

Esto significa que:

  • Si el empleado no labora en esos días, el patrono deberá pagar el feriado de forma sencilla.

  • Si el trabajador sí labora, el feriado se deberá pagar de forma doble.

Además, la legislación aclara que los empleados no están obligados a trabajar durante estos feriados, salvo en ciertos casos especificados en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo, como:

  • Labores necesarias e impostergables para el buen funcionamiento de una empresa.

  • Comercios como hoteles, cafeterías, refresquerías, restaurantes, teatros, cines y gasolineras.

  • Reparaciones urgentes por daños causados por fuerza mayor o caso fortuito.

  • Obras que, por su naturaleza, solo pueden realizarse en determinadas estaciones del año y que dependen de factores naturales irregulares.

En caso de que el trabajador realice horas extra durante los feriados, el pago deberá ser a tiempo y medio sobre el doble, es decir, esas horas se pagan al triple.

WhatsAppTeleticacom