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¿Cómo se pagan los feriados de este Jueves y Viernes Santo?
En caso de que el trabajador realice horas extra durante los feriados, se le deberá pagar de esta manera.
Según el Código de Trabajo, los próximos feriados del jueves 17 y viernes 18 de abril son días libres establecidos por ley durante la Semana Mayor y deben pagarse de forma obligatoria (vea el video adjunto de Telenoticias).
Esto significa que:
- Si el empleado no labora en esos días, el patrono deberá pagar el feriado de forma sencilla.
- Si el trabajador sí labora, el feriado se deberá pagar de forma doble.
Además, la legislación aclara que los empleados no están obligados a trabajar durante estos feriados, salvo en ciertos casos especificados en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo, como:
- Labores necesarias e impostergables para el buen funcionamiento de una empresa.
- Comercios como hoteles, cafeterías, refresquerías, restaurantes, teatros, cines y gasolineras.
- Reparaciones urgentes por daños causados por fuerza mayor o caso fortuito.
- Obras que, por su naturaleza, solo pueden realizarse en determinadas estaciones del año y que dependen de factores naturales irregulares.
En caso de que el trabajador realice horas extra durante los feriados, el pago deberá ser a tiempo y medio sobre el doble, es decir, esas horas se pagan al triple.