Sala IV dice que reforma a la prisión preventiva es inconstitucional
Los magistrados resolvieron, por mayoría, que la adición de causales como “el peligro para la comunidad” violentan la presunción de inocencia, la razonabilidad y la proporcionalidad.
La Sala Constitucional consideró inconstitucional la cuestionada reforma a la prisión preventiva que impulsaba una mayoría del Congreso y defendían los supremos poderes.
En la resolución tomada este miércoles, los magistrados determinaron, por mayoría, que adicionar "el peligro para la comunidad" y "actos de terrorismo relacionados directamente con la investigación" como causales de la prisión preventiva es inconstitucional, pues con estos se violentan los principios de presunción de inocencia, legalidad penal, razonabilidad y proporcionalidad.
La consulta había sido presentada por los seis diputados del Frente Amplio junto a los liberacionistas Gilberth Jiménez (proponente), Alejandra Larios y Danny Vargas, así como la liberal Kattia Cambronero y la independiente María Marta Padilla.
La reforma, tramitada bajo el expediente 23.986, había recibido primer debate el pasado 10 de setiembre con el respaldo de 39 diputados y el rechazo de los seis frenteamplistas, quienes, entre otras, insistió en que la propuesta elimina el análisis judicial para determinar si la prisión preventiva es realmente necesaria y proporcional, y que además atenta contra el derecho a la presunción de inocencia en contra de una “aplicación masiva basada en criterios automáticos”.
Las críticas de esa bancada también la habían externado sectores especializados como la propia Corte Plena, esto a pesar de que el Poder Judicial también defendía su aprobación.
A grandes rasgos, el proyecto establecía que los jueces podían ordenar esa medida privativa de libertad cuando “exista peligro para la víctima, la persona denunciante, el testigo y la comunidad” entendida esta última como “el conjunto de personas que habitan en una zona geográfica específica en donde se desarrollaron los hechos punibles que son endilgados a la persona imputada y sobre los cuales existen motivos razonables para presumir que la vida e integridad física de este conjunto de personas se encuentra en peligro”.
Colaboró en esta nota el periodista Paulo Villalobos.