Gobierno lesionó derechos de comunidad LGTBIQ+, resuelve Sala IV
La decisión de Rodrigo Chaves de dejar sin efecto la declaratoria de interés cultural de la “Marcha de la Diversidad” fue un acto “arbitrario” e “intempestivo”, según los magistrados.
El Gobierno de Rodrigo Chaves lesionó los derechos fundamentales de la comunidad LGTBIQ+ al eliminar la declaratoria de interés cultural de la “Marcha del Orgullo y la Diversidad” de este 2024.
Así lo resolvió este viernes la Sala Constitucional, que declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado contra esa cuestionada decisión que tomó el mandatario en junio pasado.
La declaratoria le costó el puesto a la exministra de Cultura, Nayuribe Guadamuz, así como al Comisionado de Inclusión Social, Ricardo Sosa, a quienes el Presidente despidió por haberla tramitado sin su autorización o la de su despacho, según justificó en aquella oportunidad.
En su resolución de hoy, los magistrados resolvieron, por unanimidad, que esa decisión de Chaves “carece de un fundamento objetivo y técnico”, y que si bien una declaratoria de interés cultural no supone concesiones de índole fiscal, material o de cualquier otra naturaleza de parte del Estado, sí conlleva o implica otro tipo de beneficios o efectos de interés, “como es el de visualización de la respectiva actividad o evento y de sensibilización de parte de la sociedad, en beneficio, a su vez, de un determinado público o población meta”.
En ese sentido, el Alto Tribunal dijo tener claro que, al eliminarla, se lesionó a sus beneficiados.
“De esta manera, resulta claro para el Tribunal Constitucional que se está haciendo uso de una posición de poder para dejar sin efecto un acto previamente emitido de conformidad con el ordenamiento; se incurrió en un acto no solo arbitrario, sino absolutamente intempestivo, al ser emitido tan solo un día antes de la marcha y carente de todo fundamento, lesionando con ello, de forma flagrante, los derechos fundamentales de una población minoritaria y vulnerable como lo es la LGBTIQ+”, dijo la Sala.
Los magistrados, sin embargo, declararon sin lugar la petición relacionada con la no presencia policial que provocó el retiro de esa declaratoria, pues se comprobó que sí hubo presencia de las autoridades en el acto.