Por Juan José Herrera |29 de julio de 2024, 20:03 PM

La resolución de la Sala Constitucional dejó herida de muerte a la “Ley Jaguar” con la que el Gobierno de Rodrigo Chaves pretendía convocar a un referendo.

Los magistrados resolvieron que los cuatro artículos medulares del proyecto de ley tienen vicios de constitucionalidad.

Estos son los numerales 2, 3, 4 y 5, todos referentes a los controles y fiscalización que hoy tiene la Contraloría General de la República y que la iniciativa pretendía modificar.

La Sala resolvió, por mayoría, que estos artículos debilitan esas facultades y que esto, como se dijo en un voto de 1998, está prohibido vía reforma legal.

La resolución de esta noche responde a la consulta planteada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que precisamente externó dudas sobre las inconsistencias entre la propuesta de ley y lo dicho por la Sala hace casi 30 años.

El voto de esta noche frena la vía de la recolección de firmas que Chaves y el Poder Ejecutivo querían para llamar al referendo, pero además, incide también en la vía legislativa, donde los diputados esperaban esa resolución antes de votar el proyecto en el Plenario.

El TSE deberá archivar la propuesta una vez conozca el informe de Servicios Técnicos de la Asamblea que recoge la resolución de la Sala.

Los diputados harían lo mismo una vez el proyecto se rechace; en caso de aprobarse, la iniciativa deberá ir a la Sala Constitucional para repetir lo resuelto hoy.

El Poder Ejecutivo podría también eliminar los artículos objetados y mantener la propuesta con los restantes cinco numerales, pero este escenario es improbable, pues lo sustancial de la iniciativa descansaba en esos cuatro artículos hoy rechazados.

Otra posibilidad es que se presente un proyecto nuevo, que también estará sujeto a las consultas de ley.

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