Antes de Chaves, Óscar Arias y Carlos Alvarado también fueron señalados por presunta beligerancia
El mandatario se expone a una suspensión de hasta cuatro años de todo cargo público.
La semana anterior, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) confirmó la apertura de una tercera investigación preliminar contra el presidente Rodrigo Chaves por presunta beligerancia política.
Se trata de una fase previa en la que la Sección Especializada del TSE, encargada de conocer los conflictos de carácter contencioso electoral en primera instancia, analiza si existe o no prueba suficiente para llevar adelante un proceso formal por cualquier supuesta falta al Código Electoral.
En el caso de Chaves, se le señala por sus declaraciones en cinco conferencias de prensa; en el acto inaugural del presente curso lectivo y, más recientemente, por el uso recurrente del jaguar, una imagen que un partido político en formación quiere utilizar como emblema.
Si cualquiera de esas acusaciones prospera, el mandatario se expone a una sanción que incluiría la destitución del puesto y la inhabilitación, por entre dos y cuatro años, para ejercer cualquier cargo público, según está establecido en el artículo 146 del Código Electoral.
¿Por qué?
La beligerancia es entendida como el incumplimiento a la prohibición legal que tienen los empleados públicos para dedicarse a trabajos o participar de discusiones de carácter político-electoral, así como usar su cargo para beneficiar a un partido político.
Esa prohibición también abarca al presidente y vicepresidentes de la República, así como a otros altos jerarcas de la administración.
Y aunque nunca un mandatario ha sido castigado por beligerancia en la historia de nuestro país, Chaves no es el primero en ser señalado de esa posibilidad.
Según el Tribunal Supremo de Elecciones, la primera de esas investigaciones de las que se tiene registro es del 2009 y apuntaba contra el entonces presidente, Óscar Arias Sánchez.
La denuncia fue presentada por el diputado del Partido Acción Ciudadana, Sergio Alfaro, luego de que el mandatario asegurara al diario La Nación que “se cumple un viejo sueño mío de que los costarricenses puedan algún día escoger a una mujer como Presidenta”, esto después de conocerse la elección de Laura Chinchilla como candidata de Liberación Nacional a las elecciones de 2010.
En aquella oportunidad, el TSE abrió una investigación preliminar que finalmente concluyó que, con los hechos analizados, no se podían considerar de carácter punible; sin embargo, la máxima autoridad sí llamó la atención del expresidente.
“No obstante, se trata de manifestaciones ambiguas e inoportunas que por provenir de la persona que ocupa la Presidencia de la República, quien debe dar la dirección a seguir a sus subalternos, no favorecen el necesario alejamiento de la lucha político-partidaria que constitucionalmente se impone a funcionarios públicos de alto nivel”, dijo el Tribunal antes de pedirle a Arias mantenerse al margen de cualquier lucha electoral.
El otro caso, mucho más reciente, es el de Carlos Alvarado, quien fue denunciado por los entonces presidentes del PLN, PUSC y Republicano Social Cristiano por presunta beligerancia de cara a las elecciones municipales de 2020.
En aquella oportunidad, se cuestionó el uso de las redes sociales de la Presidencia para destacar los logros del Gobierno en infraestructura vial.
Sin embargo, esa denuncia ni siquiera llegó a la etapa previa, pues los magistrados la calificaron como “improcedente” al precisar que la prohibición dispuesta en el artículo 142 del Código Electoral, al que los presidentes de los partidos abogaban, no aplica para las elecciones municipales.
Pero, aún más, los jueces electorales determinaron que esas publicaciones vinculadas a logros del Gobierno no tienen un carácter publicitario como el que prohíbe el Código.
El TSE no tiene plazos para resolver las investigaciones que se siguen contra Chaves, pero en caso de llegar a ser condenado, el informe se trasladará a la Asamblea Legislativa en virtud del fuero constitucional que protege al mandatario.