El 25 de diciembre y 1 de enero son feriados de pago obligatorio
Un trabajador puede llegar a un acuerdo con el patrono para laborar el 25 o el 1 de enero.
Los días 25 de diciembre y 1 de enero, que este año son lunes, son feriados de pago obligatorio. Así lo establece el Ministerio de Trabajo que también incluye excepciones.
Un trabajador puede llegar a un acuerdo con el patrono para laborar el 25 o el 1 de enero.
Eso sí, por trabajar debe recibir el doble de pago por cada día.
La reforma laboral trajo consigo algunos cambios. Uno de ellos es que ahora es el patrono el que debe demostrar que existió un convenio con el empleado para trabajar estos días.
En caso de que exista un conflicto entre las partes, un papel firmado o hasta un mensaje de texto es una prueba valiosa.
Si considera que están vulnerando sus derechos, acuda a una de las oficinas del Ministerio de Trabajo o bien a los tribunales de justicia.