Nacional

Nuevo reglamento del MOPT disminuye límites de ruido en los vehículos

La multa por incumplimiento de esta medida alcanza los ¢21.963,90, y el nuevo reglamento entrará a regir el 23 de octubre de este año.

Por Adrián Fallas |24 de abril de 2015, 17:17 PM

Este jueves se publicó en La Gaceta el nuevo reglamento del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) que pone los límites a los niveles de ruido que pueden producir los vehículos. En esta versión, los parámetros son más bajos que en el pasado.

La nueva reglamentación indica que los automóviles no podrán superar los 90 decibeles, mientras que en la legislación que estaba vigente desde 1993 el techo era de 96 db.

En las motocicletas se hace una diferenciación. Anteriormente tenían un límite de 98 db, mientras que actualmente pasará a 94 db si el vehículo tiene una cilindrada menor de 250 cc y 96 db por arriba de los 250 cc.

Los autobuses pasarán de un límite de 100 db a 94 db, incluyendo a las busetas. Los vehículos de carga pesada no podrán exceder los 96 db. Antes tenía como máximo permitido los 100 db.

La nueva legislación incluye la categoría de vehículos livianos y microbuses, cuyo límite alcanza los 92 db.

Para poder regular esto, la Policía de Tránsito trabaja en pasar de 23 a 48 sonómetros.

“El Departamento de Control de Emisiones viene trabajando en la elaboración de las consideraciones técnicas para la compra de unos 25 sonómetros de última tecnología”, explicaron desde el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

La multa por incumplimiento de esta medida alcanza los ¢21.963,90, y el nuevo reglamento entrará a regir el 23 de octubre de este año.