Por Paulo Villalobos |21 de julio de 2024, 8:00 AM

La Unidad de Inspección Fiscal del Ministerio Público abrió una investigación administrativa por la apelación fuera de plazo de una absolutoria dictada en favor de un notario al que acusó de supuesta falsedad ideológica (insertar declaraciones falsas en un documento público o auténtico) en perjuicio de una empresa.

El proceso administrativo se tramita bajo el expediente 24-000266-1821-DI, que se mantiene en su etapa inicial, confirmó el órgano disciplinario ante consulta de Teletica.com.

La pesquisa se inició luego de que la Fiscalía Adjunta de Corredores analizara el caso y lo remitiera a la Unidad de Inspección para que este valore las actuaciones que este medio dio a conocer el 14 de julio anterior y que derivaron en que la liberación de culpas quedara en firme.

Esto se desprende de la resolución 2024-210, emitida el 31 de mayo pasado por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago.

Absolutoria bajo la lupa

Por unanimidad, la cámara conformada por los jueces Christian Fernández, Norberto Garay y Maureen Sancho rechazó por inadmisible la apelación hecha por un fiscal de apellido Aguilar.

Al fundamentar la extemporaneidad del recurso, los decisores repasaron las fechas que constan en el expediente 07-000956-0455-PE.

Para empezar, se tiene que el Tribunal Penal del II Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Corredores, libró de toda pena y responsabilidad al encartado mediante resolución 383-2023 del 4 de diciembre de 2023.

Tres días después, la Fiscalía planteó una solicitud de adición y aclaración que interrumpió los 15 días hábiles con los que las partes cuentan para apelar. La gestión fue resuelta el 19 de diciembre de 2023 y se notificó a las partes el 26 de enero de 2024, tras el receso de fin y principio de año.

El Ministerio Público luego presentó un “pronto despacho” en relación con su gestión previa, al alegar que nunca se le notificó lo resuelto. El 21 de febrero de 2024, el órgano jurisdiccional notificó de nuevo lo resuelto y repuso el tiempo para apelar. Tal situación fue notificada ese mismo día a Aguilar.

Dicho plazo para recurrir empezó a correr entonces el día siguiente (22) y vencía el 13 de marzo de 2024.

"Sin embargo, como fácilmente se aprecia en autos, el recurso incoado por el Ministerio Público se presentó vía correo electrónico el 21 de marzo de 2024, cuando ya el plazo dispuesto por el artículo 460 del Código Procesal Penal había fenecido", dice el fallo en poder de este medio.

Sobre el particular, la fiscala adjunta de Corredores, Karen Alvarado, informó el 18 de junio de 2024 ante una consulta Teletica.com que inició un análisis de las acciones tomadas en el caso, con el objetivo de “proceder según corresponda”.

En ese tanto, indicó que no le era posible ahondar en aspectos como, por ejemplo, si se formuló alguna otra gestión en la causa.

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