Gobierno busca prohibir licitaciones de empresas investigadas por corrupción
Medida aplicaría para cualquier etapa del proceso de contratación, excepto cuando existan contratos en firme
El Poder Ejecutivo impulsa un proyecto de ley para evitar que empresas investigadas por corrupción puedan participar de procesos de contratación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y sus órganos desconcentrados.
La iniciativa fue presentada directamente por el ministro de Transportes Rodolfo Méndez Mata con el apoyo del presidente Carlos Alvarado.
“El proyecto busca garantizar la transparencia de los procesos de contratación pública que promueve el MOPT y evitar que se otorguen nuevos contratos a personas físicas y/o jurídicas que no resultan ser contratistas idóneos, dado que las eventuales consecuencias de procesos judiciales en curso, pueden comprometer la eficiente y eficaz ejecución de los contratos”, dijo el Gobierno.
La propuesta establece que si una persona física o jurídica tiene en contra una medida cautelar de cualquier naturaleza no podrá participar del proceso bajo ningún mecanismo. Esa prohibición aplicaría para cualquier etapa del proceso, excepto cuando ya existe un contrato en firme y mientras dure la medida cautelar.
“Dicha limitación es una medida razonable para salvaguardar el interés público vinculado a los procedimientos de contratación que promuevan el MOPT y sus órganos desconcentrado”, explicó Méndez Mata.
La ley también sería aplicable a la actividad contractual promovida por medio de fideicomisos, unidades gestoras o cualquier otro mecanismo de gestión indirecta del MOPT y de los órganos desconcentrados.
El impedimento no será levantado por un cambio en la condición de directivo, representante legal o accionista con posterioridad a la imposición de las medidas cautelares, sino que subsistirá por todo el plazo de vigencia de dichas medidas.
Si la causa del impedimento es posterior a la fecha de la presentación de la oferta en el procedimiento de contratación respectivo, la oferta será archivada y la garantía de participación, de haberse requerido, será devuelta al oferente respectivo.
En los casos de contratos ya otorgados serán aplicables las medidas precautorias que disponga el ordenamiento jurídico.