¿Es el 15 de setiembre feriado de pago obligatorio?
Preste mucha atención si le toca trabajar este día.
Preste mucha atención porque el feriado del 15 de septiembre es de pago obligatorio y no se puede trasladar.
Esto para todos los trabajadores que reciben el pago de su salario de forma semanal, quincenal o mensual, es decir:
Para los empleados que no laboren este día su patrono deberá pagarlo de forma sencilla, los empleados que sí lo laboren recibirán su pago doble de este feriado y además los que realicen extras estas deberán pagarse a tiempo y medio, es decir, serán de pago triple.
“El empleador tiene la obligación de pagar este día se trabaje o no, si se trabaja se tiene que pagar doble”, explicó Álvaro Aguilar, abogado laboral.
Los trabajadores no están obligados a laborar este feriado del 15 de septiembre, sin embargo, hay condiciones y oficios donde sí rige obligatoriedad resaltada en el código de trabajo en el artículo 150 y 151, donde indica:
-Comercios como hoteles, cafeterías, refresquerías, restaurantes, teatros o cines, también gasolineras, entre otros.
-Además, labores destinadas a reparar deterioros causados por fuerza mayor o caso fortuito, siempre que la reparación sea impostergable.
-Obras que por su naturaleza no pueden ejecutarse sino en estaciones determinadas y que dependen de la acción irregular de las fuerzas naturales.
-Trabajos necesarios e impostergables para la buena marcha de una empresa.
A pesar de que en el 2020 se aprobó una ley donde para impulsar de nuevo el turismo se trasladaban los feriados, el 15 de septiembre, Día de la Independencia es inamovible.
Para estudiantes y funcionarios del MEP que participen en los desfiles del 14 y 15 de septiembre podrán disfrutar del lunes 18 de septiembre como feriado, esta es una oficializada por el Ministerio de Educación Pública, por medio de una circular.