Por Daniel Céspedes |17 de enero de 2024, 8:19 AM

La Sala Constitucional declaró con lugar un amparo interpuesto por los padres de un niño de dos años, quien padece espina bífida y vejiga neurogénica (ver video adjunto de Telenoticias).

El menor cada tres o cuatro horas debe usar una sonda limpia, que entra de la uretra a la vejiga y ayuda a vaciarla.

Sin embargo, el Hospital Nacional de Niños (HNN) solo le brinda a 30 sondas por mes. Por ello, se deben reutilizar aproximadamente cinco veces al día. Es decir, es insuficiente.

Por eso, los padres acudieron a los magistrados mediante el recurso.

El Alto Tribunal les dio la razón y condenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y ordenó al centro médico a suministrar la cantidad de sondas necesarias para que el niño las utilice cuántas veces lo requiera y que, a su vez, se le entreguen sondas de un solo uso.

Esto con base al criterio técnico del Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), que indicó que la reutilización de las sondas para tratar la enfermedad del menor es una mala práctica, en perjuicio de su salud.

La Sala Constitucional condenó a la institución administradora de los hospitales públicos del país al pago de costas, daños y perjuicios ocasionados por su negativa a brindar los insumos que requiere el pequeño.

Telenoticias solicitó una entrevista sobre el tema a la Caja, pero al cierre de esta publicación no se obtuvo respuesta.

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