¿En que se diferencian proyectos de Gobierno y Corte sobre ejecución de la pena?
Para el abogado Ewald Acuña, la propuesta del Poder Ejecutivo tiene un corte más administrativo, mientras que la del Judicial le resulta más integral.
La ola de criminalidad que afronta Costa Rica ha llevado a una discusión sobre cómo hacerle frente al problema. En ese escenario, los Supremos Poderes han hecho distintas propuestas.
Una de las materias en las que se ha hecho mayor énfasis es el de la ejecución de la pena. Allí, tanto el Gobierno de la República, como la Corte Suprema de Justicia han hecho llegar a la Asamblea Legislativa proyectos de ley.
El primero ha presentado dos iniciativas. La primera es una reforma a la Ley del Sistema Penitenciario, mientras que el segundo propone una serie de cambios, bajo el título de "Ley para restaurar la seguridad pública y contener a los delincuentes que representan un peligro para la sociedad".
Del otro lado arribó recientemente un plan de "Ley de Ejecución de la Pena", preparado por una serie de equipos técnicos de la Sala de Casación Penal, el Ministerio Público y la Defensa Publica, así como por jueces de la ejecución de la pena.
Ante los ojos el exjuez y abogado litigante, Ewald Acuña, los tres proyectos tienen visiones distintas sobre cómo abordar un mismo problema.
"La coincidencia es en la preocupación de la falta de la regulación de la ejecución penal. Uno es más integral y otro es más de carácter administrativo, que requiere de un análisis de los fines de la pena, porque me parece que que es lo que no se está discutiendo, sino que se está viendo la pena como estrictamente contención, encierro, y eso no garantiza de ninguna manera que una persona cumplida una pena corta o larga, no vaya a reincidir, que es el gran problema", recalcó el jurista a Teletica.com.
¿En qué se diferencian?
Para el abogado Ewald Acuña, la propuesta del Poder Ejecutivo tiene un corte más administrativo, mientras que la del Judicial le resulta más integral.
"El proyecto del Poder Judicial, primero, reconoce los derechos de las personas privadas de libertad, cosa que no hace el proyecto del Poder Ejecutivo. Hay que tener claro que la jurisprudencia constitucional y los criterios emitidos por los jueces de ejecución penal han sido reiterados de que la privación de libertad no implica per sé la imposibilidad del ejercicio de otros derechos que le asisten a las personas privadas de libertad. Por ejemplo, el derecho al sufragio, a la salud, a un eventual debido proceso cuando se trate de de faltas ocurridas durante la ejecución de la pena, los derechos de sexualidad, a una identidad de género, entre otros.
"Mientras que el proyecto del Poder Ejecutivo hace un énfasis en los aspectos administrativos del sistema de administración penitenciaria. Establece los órganos que van a ejecutar la antenas, cuáles son sus competencias administrativas y hace un énfasis, que me llama a mí particularmente la atención, en el tema de la Policía Penitenciaria, cuando no debería ser un tema prioritario en lo que tiene que ver con la ejecución penal, sino más bien que por el contrario, lo importante es cómo se va a fortalecer al Instituto Nacional de Criminología (INC) y los programas de atención individualizada de cada una de las personas privadas de libertad que permita reinsertar la sociedad", el exjuzgador.
Otro punto en el que distan las iniciativas tiene que ver con que la Corte establece con la claridad las competencias del Ministerio de Justicia y Paz (MJP) y su Dirección General de Adaptación Social (DGAS), frente a los juzgados de ejecución de la pena. El Gobierno, en cambio, no hace mayor referencia sobre este punto.
Y si se observa el otro plan, que el presidente de la República, Rodrigo Chaves afirma que servirá para "limitar la discrecionalidad de los jueces", Acuña identificó una diferencia todavía mayor respecto a la propuesta que presentó su homólogo del Poder Judicial, Orlando Aguirre.
"Entra en esa misma materia porque se habla de modificar la libertad condicional, que ocurre cuando la persona ha cumplido la mitad de la pena. Pero inhibe o imposibilita la libertad condicional en los casos de delincuencia organizada, de delitos sexuales contra menores de edad y en aquellos en los que se han utilizado armas de fuego, o cuando la persona haya recibida anteriormente el beneficio", mencionó el abogado.
Respecto a esta última propuesta, el exjuez apuntó varias afectaciones a principios del Derecho Penal y Constitucional, como por ejemplo, la introducción de un concepto de "peligrosidad", que en su opinión no puede ser parte de una sociedad democrática.
También cuestionó un intento "solapado" de una prisión preventiva automatizada, al tiempo que expuso una posible desproporcionalidad en la pretensión de las posibilidades de disminuir el tiempo a descontar con tobillera electrónica. A ello abonó que esto podría incidir considerablemente en el hacinamiento carcelario, que ya de por sí ha sido un problema en los últimos años.
Mezcla
"Personalmente encuentro mucho más integral, mucho mejor desarrollado el proyecto que que postula el Poder Judicial, que el proyecto del Poder Ejecutivo, que hace un énfasis en temas de carácter administrativo y no en el tema de cuál es el afán cuando se sanciona una persona", afirmó el exjuez Ewald Acuña.
A pesar de lo anterior, el abogado ve posible extraer ideas de ambos planes, de cara a una propuesta definitiva.
"Hay contraposición y hay divergencias. Pero me parece que se pueden solucionar integrando los dos proyectos por parte de la Asamblea Legislativa y tomando la parte rescatable de cada uno.
"El tema de la Ley de Ejecución Penal es una deuda histórica de la Asamblea Legislativa con el país, porque es un pendiente desde 1970, cuando se promulgó el Código Penal", indicó Acuña.
Para el exdecisor, tal situación no ha recibido la atención necesaria y más bien, la sociedad ha visto el cumplimiento de la pena únicamente como la contención; es decir, el tener encerrada a la persona.
Lo anterior ha implicado una exclusión de la reeducación y resocialización del privado, para que este se pueda integrar a la sociedad una vez que cumpla la sanción, sin que caiga en la reincidencia.