POR Juan José Herrera | 13 de agosto de 2024, 16:25 PM


La nueva “Ley Jaguar” que el Gobierno de Rodrigo Chaves presentó a finales de julio anterior no puede enviarse a referendo.

Así lo concluye el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, encargado precisamente del análisis legal de las propuestas de ley que llegan a Cuesta de Moras.

En el informe jurídico sobre el expediente 24.467, publicado este lunes 12 de agosto, el departamento explica, entre otros, que la reforma al artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública “legisla sobre un servicio financiero de carácter crediticio (Arrendamiento Financiero) y que dicha materia se encuentra excluida de la consulta vía referéndum de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 constitucional y el artículo 2 de la Ley sobre Regulación del Referéndum N.º 8492 de 9 de marzo de 2006 y sus reformas, el Departamento de Servicios Técnicos advierte sobre las dudas de constitucionalidad que arroja esta reforma”.

Es propuesta se incluye en el artículo 4 del proyecto de ley.

En su artículo 2, que trata sobre la rectoría de la Contraloría General de la República, Servicios Técnicos recomienda el fallo completo de la Sala Constitucional sobre la primera Ley Jaguar, que precisamente reprobó el examen constitucional sobre todos los artículos consultados.

Lea también

Política

TSE presenta consulta ante Sala IV sobre nueva versión de "Ley Jaguar"

La gestión se fundamenta en "nuevos elementos técnicos" en poder de la Autoridad Electoral.

La asesoría legal también cuestiona que esa reforma al artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública, que frena el plan con el que el gobierno de Chaves quiere construir Ciudad Gobierno, podría tener un vicio de constitucionalidad “al pretender construir obra pública sin aplicar el procedimiento de licitación dispuesto en el artículo 182 constitucional”.

En el mismo sentido, el informe advierte que la reforma a la Ley Orgánica de Japdeva, que está en el artículo 5 del proyecto, “disminuye las competencias funcionales de un ente autónomo”, al eliminar la autorización a la Junta para que realice alianzas estratégicas fuera o dentro del país.

“Japdeva puede celebrar alianzas estratégicas con entes públicos o privados, siempre que estos negocios no versen sobre construcción de infraestructura. Incorporar esta posibilidad dentro de la reforma al artículo 5 bis de la Ley Orgánica violentaría lo dispuesto en el artículo 182 constitucional, en virtud de que la construcción de infraestructura debe regirse por el procedimiento ordinario de licitación”, dice el informe.

La resolución pone en jaque la “vía mancomunada” con la que el Ejecutivo quería enviar la nueva Ley Jaguar a referendo, pues el Congreso debe respetar la valoración jurídica de Servicios Técnicos.

La otra vía, la de recolección de firmas por medio del Tribunal Supremo de Elecciones, espera la resolución de la Sala Constitucional sobre la consulta planteada a tres artículos de la propuesta. La Sala acogió para ese análisis la consulta este lunes, por lo que tendrá un mes para resolverla.

De momento, el Poder Ejecutivo no se ha pronunciado sobre el informe.

Lea también

Política

Diputados esperarán resolución de Sala IV antes de conocer nueva “Ley Jaguar”

Contra el criterio del oficialismo, las jefaturas de fracción aprobaron, por mayoría, que esperarán la resolución integral para luego decidir si dan o no trámite al nuevo proyecto de ley.