POR Paulo Villalobos | 8 de noviembre de 2024, 9:00 AM

La Sala Constitucional estudia dos recursos planteados por ciudadanos en favor de la presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Marta Esquivel, por su detención en el caso Barrenador.

Esas gestiones se suman a una que planteó la propia jerarca, el 10 de octubre anterior; pero que fue dada a conocer hasta el miércoles pasado por el presidente Rodrigo Chaves en una conferencia de prensa, cuando se le cuestionó si sustituiría a Esquivel luego de que fuera suspendida de su cargo mientras se le investiga por el escándalo de supuesta corrupción.

"Fallen ese habeas corpus para que el Gobierno responda con un nombramiento o algo más", señaló el mandatario.

Los recursos vicarios fueron cursados y están a la espera de resolución, confirmó la oficina de prensa del Alto Tribunal ante una consulta de Teletica.com.

Misma situación ocurre con la gestión de Esquivel, cuyo contenido fue dado a conocer el jueves por este medio.

¿Qué se alega?

Uno de los habeas corpus presentados en representación de Marta Esquivel fue planteado el 27 de setiembre anterior, según se desprende del Sistema de Gestión en Línea de la Corte Suprema de Justicia. Del otro no se detalló ese dato.

Pese a consulta de este medio, no fue posible conocer quiénes fueron los recurrentes en este caso, dado que esa información es confidencial, de acuerdo con el departamento de comunicaciones de la Sala Constitucional.


De lo que sí se pudo obtener información, es sobre el fondo de lo que se alega en las gestiones.

La primera, tramitada bajo el expediente 24-027071-0007-CO, apunta que a la presidenta ejecutiva de la Caja se le debió haber girado una “citación” y no habérsele aprehendido, como al final ocurrió el 23 de setiembre pasado.

En ese sentido, se alega un supuesto “abuso de poder” de parte del Ministerio Público, por haber ordenado la captura, sin que se declarara la rebeldía de Esquivel como imputada.

Sin embargo, desde el 25 de ese mes, el fiscal general, Carlo Díaz, justificó la detención de la jerarca en virtud de que existía un peligro de obstaculización y de fuga.

Una línea similar mantiene el habeas corpus que compone la sumaria 24-026638-0007-CO.

En ella se menciona que, luego de que la funcionaria se entregara en la delegación del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en Pérez Zeledón, tras enterarse de la diligencia que se llevaba a cabo en su casa en San José, esta fue trasladada en una “perrera” hasta los Tribunales del II Circuito Judicial de San José.

Según se alega en el recurso, ese tipo de vehículo policial está “destinado al traslado de personas ya condenadas o en estado de detención preventiva en casos graves” y que, por ende, resultaba “desproporcionada e innecesaria”.

En este punto es necesario recordar que el director general de la Policía Judicial, Rándall Zúñiga, ya había explicado que cuando Esquivel se apersonó a la oficina del Organismo de Investigación Judicial, quedó en custodia de la Sección de Cárceles debido a la orden de captura que pesaba en su contra.

Asimismo, el jefe de ese cuerpo policial señaló que la unidad en cuestión cuenta con su propia normativa y esta establece cuál es el protocolo a seguir en cuanto al transporte de personas.

Haber actuado de otra manera hubiese implicado un "trato diferenciado", expuso en su momento Zúñiga.

El recurso señala tanto la captura como el traslado como un “abuso” de parte de las autoridades judiciales.

Lo anterior violó los derechos al debido proceso y a la dignidad de Esquivel, así como el principio de presunción de inocencia, reza la gestión.

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