Vuelve a consulta decreto para impulsar prescripción de medicamentos genéricos
La medida pretende que toda receta médica deba utilizar el nombre genérico del medicamento y no el comercial, abaratando así el costo para los usuarios.
Tras dos años varado, el Ministerio de Salud volvió este lunes a enviar a consulta pública el decreto para impulsar la prescripción de medicamentos genéricos en el mercado costarricense.
Se trata de un reglamento que desde 2018 la entidad impulsa sin éxito y que ya había sido sometido en 2019 a consulta, sin que lograra su aprobación.
La intención de la propuesta es que los profesionales en medicina, odontología y enfermería del país emitan sus recetas utilizando la Denominación Común Internacional (DCI), es decir, el nombre genérico y no comercial de los medicamentos.
Ese cambio, según Salud, permitiría abaratar los costos de los usuarios al poder acceder a medicamentos equivalentes a precios más baratos.
“Esta es una normativa que le permite a las personas conocer, a través del farmacéutico, los diferentes productos que corresponden al medicamento prescrito y evacuar sus dudas al respecto. Como paciente y como consumidor el usuario tiene derecho a conocer la gama de posibilidades existentes”, indicó Ileana Herrera, jefa de la Unidad de Registros del Ministerio de Salud.
La consulta de 2019 trajo cambios menores al decreto, el principal la posibilidad de que el prescriptor, adicional a la denominación común internacional, pueda indicar el nombre comercial del medicamento que recomienda.
Además, indica que para la dispensa de medicamentos pertenecientes al listado de equivalentes terapéuticos, los regentes farmacéuticos deberán informarle al consumidor sobre la existencia de las diferentes opciones que correspondan al medicamento prescrito e informarle el precio de las alternativas.
Salud cuenta actualmente con 49 principios activos en los que se ha implementado la exigencia de demostrar la equivalencia terapéutica y 73 principios activos en proceso de cumplir los requisitos para catalogarse como equivalente terapéutico.
Entre ellos se encuentran: analgésicos, anestésicos, antiinflamatorios, antidepresivos, inmunosupresores, anticonvulsivantes, antibióticos, anticoagulantes, así como medicamentos para tratar el cáncer, la osteoporosis, el colesterol, el VIH/Sida, la hipertensión, la rinitis alérgica, el azúcar en la sangre, la esclerosis múltiple y la disfunción eréctil, entre otros.
El listado de los medicamentos aprobados como equivalentes terapéuticos está disponible en la página web del Ministerio de Salud (www.ministeriodesalud.go.cr).
Los consumidores podrán denunciar en caso de que el médico no prescriba según la denominación común internacional y en caso de que el farmacéutico no ofrezca el medicamento equivalente que tenga a disposición. Tales denuncias podrán ser presentadas en el Área Rectora de Salud más cercana, o al correo electrónico [email protected].
La consulta pública estará disponible por 10 días hábiles, las personas que deseen realizar observaciones a la propuesta del decreto pueden remitirlas al correo [email protected].