Por Paulo Villalobos |28 de julio de 2024, 8:08 AM

La Contraloría General de la República (CGR) dispuso correcciones en los términos de referencia de un concurso para elegir al nuevo concesionario de servicios no esenciales en el Parque Nacional Chirripó.

Así se desprende de la resolución R-DCP-SICOP-00999-2024, con la que el órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa declaró parcialmente con lugar un recurso de objeción presentado por la Asociación Cámara de Desarrolladores de Turismo Rural Comunitario Chirripó.

La determinación consta en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) y fue confirmada a Teletica.com por la oficina de prensa del ente fiscalizador.

Dos de los puntos a modificar por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) fueron sugeridos de oficio por la propia Contraloría, mientras que el otro responde particularmente a la gestión efectuada.

Esta última variación se relaciona con las pólizas para visitantes y colaboradores de la empresa a contratar.

La instancia determinó que la administración debe incorporar como anexo el documento completo que contiene la consulta realizada a cada una de las aseguradoras, la respuesta dada por Pricose, así como el análisis respectivo en el cual se concluya que el tipo de póliza requerido, efectivamente es susceptible de ser brindado en el país.

Otras dos variaciones fueron dispuestas por el ente fiscalizador. 

Una se relaciona con la definición de urgencia y emergencia. Aunque se declaró sin lugar por falta de fundamentación, se ordenó al Sistema de Áreas de Conservación revisar y valorar si resulta necesario incorporar una definición de ambos conceptos que resulten aplicables para todo el documento, para evitar problemas en la ejecución contractual.

El otro caso se presentó en relación con la conservación de edificios e Internet. También se rechazó la gestión en este extremo por falta de fundamentación, pero de nuevo, fue la Contraloría la que dispuso revisar el pliego de condiciones y determinar si es oportuno especificar a quién le corresponde dar el mantenimiento de inmuebles.

De oficio, también se emitió una consideración que recuerda a la administración licitante el deber de verificar desde la fase de presupuestación de la contratación, el cumplimiento al límite de regla fiscal previsto en el ejercicio económico de 2024, así como el marco de presupuestación plurianual dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política.

"Para estos efectos, la Administración deberá adoptar las medidas de control interno necesarias para verificar que el monto asignado a la contratación que se licita cumple con dichas disposiciones, debiendo advertirse que su inobservancia podría generar responsabilidad administrativa del funcionario, conforme lo regulado en el artículo 26 de la citada ley", subraya la resolución.

Los otros puntos que se recurrieron se relacionaban con el servicio de mantenimiento del sendero, el uso del espacio por parte de la Administración del Parque Nacional Chirripó, requisitos de tiempo y forma de los informes y modificaciones al pliego de condiciones sin justificación; pero todos fueron rechazados.

En entrevista con este medio, el director ejecutivo del Consorcio Rural Comunitario Chirripó, Omar Elizondo, expuso el riesgo de que los servicios en cuestión —que incluyen el acarreo y el hospedaje, entre otros— se vean interrumpidos a partir del 12 de octubre próximo.

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