¡Cuidado! Aceptar un servicio por teléfono puede generarle un contrato inesperado
Los contratos verbales solo aplican si usted es cliente previo de la empresa.
Periodista: Berny Jiménez.
¿Será que un sí telefónico equivale a su firma? A doña María del Carmen Chacón le sucedió una mala experiencia con una llamada telefónica en la que le ofrecían un servicio, ella dijo que le interesaba, pero que quería tiempo para pensarlo. Su sorpresa no tardó en llegar.
“Yo les dije que me dejaran pensar y cuando vi que me cayó una plata y me rebajaron cierto monto de eso”, explicó Chacón a Calle 7 Informativo.
La abogada de la Defensoría del Consumidor, Ninoska Cruz, explicó si un sí es suficiente para establecer un contrato.
“En Costa Rica, nuestra legislación civil permite lo que son los contratos verbales o los escritos, en este caso estaríamos en un supuesto de un contrato donde hay un acuerdo entre las partes, al aceptar esta persona, ya se estaría perfeccionando este contrato”, dijo Cruz.
Tome en cuenta que esto aplica solo cuando el usuario tiene un contrato previo con la empresa; por eso, si nunca ha aceptado un producto de una entidad, su sí no podría comprometerlo en una nueva deuda.
En caso de reclamo, usted podría asistir a la oficina desde donde lo llamaron y pedir la grabación del diálogo, en caso de que a usted le digan que se está grabando.
Tenga mucho cuidado porque recibir una llamada puede cambiarle sus cuentas a final de mes.