POR Juan José Herrera | 27 de septiembre de 2023, 13:31 PM

La Sala Constitucional rechazó, por mayoría, el recurso de amparo presentado contra el Banco Central por la solicitud de datos individualizados de deudores que esa entidad hizo a la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF).

El recurso, presentado por María Isabel Cortés Cantillo en su condición de apoderada generalísima de la Asociación Bancaria Costarricense, fue rechazado de pleno luego de que los magistrados consideraran que no es su trabajo conocer “reclamos y denuncias formuladas en abstracto”, sino indicar casos concretos.

“No le corresponde a este Tribunal conocer directamente, por la vía sumaria del amparo, reclamos y denuncias formuladas en abstracto, siéndole posible admitir para estudio, solamente, aquellos reclamos en que haya indicios o elementos suficientes para presumir, prima facie, la existencia de tales amenazas o quebrantos directos y groseros de un derecho fundamental”, dice la resolución.

Cortés acudió a la Sala luego de que trascendiera públicamente el acuerdo de la junta directiva del Central para pedirle a la SUGEF datos íntegros de deudores y ahorrantes del sistema financiero formal, con el aparente objetivo de crear estadística y generar política pública.

La denunciante alegó que ese acuerdo violentaba “los derechos fundamentales a la autodeterminación informativa, a la intimidad, confidencialidad y reserva del artículo 24 de la Constitución Política, así como otros derechos”.

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“En este caso, se está ante una indeterminación subjetiva, pues la parte recurrente se limita a cuestionar y denunciar a la autoridad recurrida en forma genérica, sin indicar algún caso concreto en el que se hayan visto afectados o amenazados los derechos fundamentales de alguna persona en específico. Ante tal circunstancia, el recurso resulta inadmisible, en cuanto a este extremo”, sentenció el tribunal.

La ABC envió, este martes, una respuesta donde asegura que la resolución de la Sala no es un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

“Dicha resolución obedece al criterio de este tribunal de que se requiere un caso concreto, y que lo debe presentar una persona física (como el que se encuentra admitido y en estudio)”, explicó el asesor jurídico de la ABC, Mario Gómez Pacheco.

“La Asociación Bancaria Costarricense, como representante de la industria bancaria en el país, ha mantenido una firme convicción en la importancia de preservar la confidencialidad de los datos de nuestros clientes y la integridad de nuestro sistema financiero. El recurso de amparo presentado fue un paso en esa dirección, buscando garantizar la protección de los derechos de los usuarios”, añadió Gómez.