Decisión 2018
Políticos reaccionan tras opinión consultiva de la CIDH sobre derechos de la población LGBTI
Mientras los aspirantes del PAC, Frente Amplio e Integración Nacional apoyan lo indicado por la Corte, Piza dice respetarlo pero no compartirlo.
La opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre los derechos para la población LGBTI generó reacciones entre los aspirantes presidenciales.
Carlos Alvarado, del partido oficialista, y Edgardo Araya, del Frente Amplio, celebraron la decisión del órgano supranacional, cuyas opiniones consultivas y sentencias son de acatación obligatoria para el país.
"Comparto plenamente la opinión emitida por la Corte Interamericana de DDHH., la cual está reflejada y es coincidente con lo plateado en nuestra campaña. Esto basado con nuestra profunda creencia de la igualdad y la defensa de los Derechos Humanos", escribió Alvarado en su cuenta en Twitter.
Por su parte, Araya dijo: "Hoy celebramos el reconocimiento en el país del matrimonio igualitario y el derecho de las personas a decidir sobre su identidad de género. ¡Todos los derechos, para todas las personas, todos los días!".
Juan Diego Castro, aspirante de Integración Nacional, indicó: "El fallo que hoy ordenó a todos los países de América -que es permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo- es de cumplimiento obligatorio para nuestro país, mientras seamos signatarios de ese convenio.
" Así como acaeció con la fertilización in vitro, con la segunda instancia en el proceso penal, que ordenó reformar el
Código Procesal Penal firmado por Antonio Alvarez Desanti. El Gobierno de la República ya ordenó el cumplimiento de esa sentencia CIDH".
Por su parte, Rodolfo Piza expresó en un comunicado: "Respeto la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aunque no la comparto. Creo que el matrimonio es entre hombre y mujer; y que una Ley de Unión Civil, que me comprometí a impulsar en mi Gobierno, protege los derechos de las parejas del mismo sexo, garantizando la no discriminación".
"Como hombre de derecho que soy, respeto las decisiones de los Tribunales competentes por encima de mis opiniones personales", acotó.
El precandidato presidencial de Liberación Nacional, Álvarez Desanti, expresó no estar de acuerdo con la resolución de la Corte.
"Respecto de la resolución de la CIDH, en un régimen de derecho los fallos judiciales se respetan, aunque personalmente no lo comparto".
La Corte Interamericana de Derechos Humanos -máximo órgano en materia de derechos humanos- emitió un documento con una opinión consultiva en el que establece que Costa Rica debe garantizar la plenitud de derechos para la población LGBTI.
En específico se trata de la rectificación en la anotación de su género (o sexo), familia y matrimonio.
En una amplia resolución de 89 páginas, la Corte -ante consulta del Gobierno-, los jueces establecieron de manera unánime que:
El Estado costarricense debe garantizar que "las personas interesadas en la rectificación de la anotación del género (cambiar su nombre, adecuar su imagen en los registros y/o en los documentos de identidad) puedan acudir a un procedimiento o un trámite (...) que sea confidencial, expedito, gratuito y no debe acreditar de operaciones quirúrgicas y/o hormonales".
También argumentó por unanimidad que en el caso de las relaciones de pareja y sus deberes y derechos: "El Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo de conformidad con lo establecido en los artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana".
Y por seis votos a favor y uno en contra estableció que: "de acuerdo con los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención Americana es necesario que se garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio.
"(Esto) Para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a los que están constituidos por parejas heterosexuales".
Aunque se trata de una opinión consultiva tiene el mismo carácter de obligatoriedad para Costa Rica como lo tiene una sentencia, según lo ha dicho la misma Sala Constitucional.
De hecho, el artículo 7 de la Constitución Política da autoridad superior a las leyes y tratados internacionales debidamente ratificados, como en el caso de la autoridad emanada por la Corte, a la que reconoció su competencia contenciosa el 2 de julio de 1980.