Nacional
Sala IV reafirma que personas que viajan en vehículos deben identificarse si la Policía lo solicita
La afirmación de la Sala llega precedida de un recurso de Hábeas Corpus interpuesto por una ciudadana que viajaba en un transporte ilegal de personas
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de Hábeas Corpus interpuesto por una ciudadana y ratificó la obligatoriedad de toda persona que viaja en un vehículo de identificarse si así lo solicita la Policía de Tránsito.
El pasado 29 de agosto la mujer, quien viajaba en un vehículo que fue detenido por las autoridades de Tránsito, se negó a identificarse ante los policías y posteriormente alegó que se le estaba privando su libertad y derechos.
El chofer, por su parte, fue sancionado por transporte ilegal de personas.
Alberto Barquero, subdirector de la Policía de Tránsito, explicó que la Sala declaró sin lugar el recurso pues la ciudadana nunca consiguió probar que se le haya privado su libertad de ninguna manera y más bien, gracias a un video aportado por ella misma, se probó que el procedimiento de los oficiales fue el correcto.
“Para la Policía de Tránsito, la resolución de la Sala Constitucional es de gran valor, pues si bien el Recurso Hábeas Corpus pretendía endilgar algún mal actuar al cuerpo policial, más bien confirma que todo ciudadano que viaje en un automotor tiene el deber y la obligación de identificarse cuando una autoridad policial de la República, como lo son los oficiales de la Policía Tránsito, así se lo requiere”, aseguró Barquero.