POR Bárbara Marín | 17 de diciembre de 2020, 16:58 PM

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda resolvió esta tarde de jueves mantener intacta la restricción vehicular sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo durante la pandemia de COVID-19.

La jueza declaró sin lugar la solicitud que hacían los alcaldes demandantes, en cuanto a una declaratoria de incumplimiento por parte del Estado sobre una medida cautelar interpuesta desde el mes anterior.

¿La razón? La medida cautelar dictada el 3 de noviembre ordenaba suspender dos decretos ejecutivos: 42.524 y el 42.525, mismos que tuvieron lugar durante el mes de agosto, por lo tanto, al día de hoy esos decretos ya fueron derogados.

“Desde la alcaldía y la Municipalidad de Escazú nos sentimos muy preocupados ya que esto dilucida una estrategia por parte del Ejecutivo, una artimaña, y ya entendemos porque el Ejecutivo renueva mes a mes el decreto a la restricción vehicular”, declaró el vocero de la Municipalidad de Escazú, Daniel Vargas.

Ante esta resolución no existe oportunidad de apelación. La demanda de fondo será resuelta hasta el mes de enero del 2021. 

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