POR Luis Jiménez | 14 de agosto de 2024, 8:11 AM

Las dos funcionarias del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) que fueron despedidas por el caso Kiebril, cumplen ya ocho meses de haber sido reinstaladas en sus cargos.

Las dos personas, una abogada y una trabajadora social, habían sido removidas por aparentes incumplimientos en sus deberes, negligencia y omisiones en el caso de la bebé desaparecida en Cervantes de Cartago.

Tras una consulta de Teletica.com sobre su despido sin responsabilidad patronal, el PANI indicó lo siguiente:

Con base en la experiencia laboral que el funcionario tiene con la institución (la cual es de más cinco años para una de ellas y, más de siete, para la otra) se determinó que hubo incumplimientos en sus deberes, negligencia y omisiones, al no denunciar el delito cometido hacia la persona menor de edad, a sus escasos 12 años de edad (mamá de Keibril), ni se solicitó una revaloración del caso, ni que se brindará la protección correspondiente, minimizando los factores de riesgo en su entorno familiar, incumpliendo con el modelo de gestión institucional.

Sin embargo, mediante una medida cautelar ordenada por un juzgado contencioso-administrativo, ambas fueron reinstaladas.

Según explicó José Pablo Badilla, abogado de las trabajadoras, esta medida (cautelar) es una figura que permite suspender temporalmente los efectos de un acto administrativo mientras se resuelve el caso de fondo.

El abogado argumentó que hubo sanciones desmedidas contra ellas porque a todos los demás involucrados en este caso les dictaron otras sanciones; como suspensión por ocho días sin goce de salario y, a ellas, las despidieron sin responsabilidad patronal. En otras palabras, se les trató y sancionó de manera distinta pero a que los hechos eran los mismos.

También manifestó que el proceso las afectó emocionalmente por todo lo que se publicó en medios y a partir de ahí fue que decidieron demandar.

El PANI confirmó que a cuatro funcionarios (trabajadora social, psicóloga y dos criminólogos) los sancionaron por ocho días sin goce salarial, mientras que a otra trabajadora social y una abogada fueron despidas sin responsabilidad patronal.

Badilla detalló que, aunque la demanda podría prolongarse entre cuatro y cinco años, la medida cautelar pretende que, durante ese tiempo, el acto administrativo de despido quede sin efecto.

“Para que dicha medida sea aprobada, es necesario que la teoría del caso de la parte demandante sea considerada válida, es decir, que exista una probable nulidad del acto, que las partes demandantes estén sufriendo un grave perjuicio y que la adopción de la medida cautelar no cause daño alguno a la institución ni a terceros.

“Tras analizar el caso, los jueces concluyeron que el despido podría ser anulable, que las demandantes sufrirían un daño irreparable de no otorgarse la medida y que el PANI, así como el interés superior de los menores de edad, no se verían afectados por la adopción de la medida cautelar. Como resultado, se concedió una medida cautelar provisional, que ahora deberá ser revisada por otros tribunales para determinar si se mantiene vigente y si, eventualmente, se anula el acto administrativo en cuestión”, manifestó Badilla.

Ellas están reinstaladas por una orden judicial, exactamente por la resolución de la medida cautelar en la que están pidiendo que se suspendan los efectos del acto administrativo.

Este proceso judicial pone en pausa los despidos y podría extenderse varios años mientras se define la legalidad de las decisiones tomadas por la Presidencia Ejecutiva del PANI.

La mamá de Keibril tenía 13 años cuando dio a luz a la menor y luego de varias pruebas de ADN, se confirmó que el papá de ella es el novio de la abuelita de la bebé, quien convivía con ellas y habría abusado sexualmente de la adolescente.

Desde abril de 2022, el Ministerio de Educación Pública (MEP) alertó sobre el embarazo de la niña al Patronato de la Infancia y al Ministerio Público.

Mientras que el Hospital Max Peralta Jiménez remitió un informe al PANI tras atender el nacimiento de la bebé, en julio de 2022, pero la oficina local autorizó el egreso de ambas menores.

Según una tía paterna, ella también recurrió al Patronato de la Infancia en Paraíso.

La Defensoría de los Habitantes determinó que la institución omitió su deber de proteger especial e integralmente a Keibril y a su mamá.

A pesar de que las funcionarias fueron reinstaladas en sus labores, la oficina de prensa del Poder Judicial confirmó a este medio que los casos de ambas aún están en análisis a la espera de una resolución final.  

“En el (expediente) 23-4968-1027-CA de forma provisionalísima se suspende los efectos del acto administrativo (PANI) y se ordena que se mantenga en el puesto que ocupaba, en este caso falta que se resuelva por el fondo.

Mientras que, “en el 23-4966-1027-CA se rechazó la medida cautelar y el expediente está en el Tribunal de Apelaciones”, señaló el Poder Judicial.

Este caso continúa abierto a la espera de que finalmente se resuelva y, mientras eso todavía no pase, las funcionarias seguirán trabajando en el PANI.

Keibril desapareció en Cervantes de Alvarado, el 9 de abril de 2023, cuando iba en el coche junto con su mamá.

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