Nacional
Futuro de matrimonio igualitario se decidirá en los primeros días de agosto, anuncia Sala IV
La Sala Constitucional informó que en los primeros 15 días del próximo mes resolverá la acción que pesa contra varios artículos del Código de Familia
El futuro del matrimonio igualitario y las uniones de hecho entre personas del mismo sexo se decidirá en los primeros 15 días de agosto próximo, informó este miércoles de manera sorpresiva la Sala Constitucional.
En un escueto comunicado de prensa, la Sala aseguró que en la primera quincena resolverá la acción de inconstitucionalidad que pesa contra varios artículos del Código de Familia, los cuales imposibilitan la aplicación del matrimonio igualitario en el país.
“La Sala comunica a la ciudadanía que en la primera quincena del próximo mes resolverá la acción de inconstitucionalidad número 13-13032-0007-CO contra los artículos 242 del Código de Familia y 4 inciso m) de la Ley de la Persona Joven, así como la número 15-13971-0007-CO contra el inciso 6) del artículo 14 del Código de Familia”, aseguró.
Precisamente este el último obstáculo para la celebración de uniones de personas del mismo sexo en Costa Rica, luego de que le Tribunal Supremo de Elecciones le trasladara esa responsabilidad a la Sala IV, subrayando que su función en ese ámbito era meramente registral.
“En lo que respecta a la inscripción definitiva de dichos matrimonios, para que esta sea posible, es necesario que previamente sea dejado sin efecto (por anulación o derogación) el artículo 14.6 del Código de Familia.
“Ello, en nuestro ordenamiento jurídico, solo puede hacerlo la Sala Constitucional (que en este momento tiene varios expedientes abiertos relativos a ese particular) o la Asamblea Legislativa”, explicó el Tribunal en mayo anterior, precisamente cuando anunció la aprobación del cambio de nombre de ciudadanos por identidad de género.
El TSE aseguró en ese momento que ya se encuentran recibiendo las solicitudes de inscripción de matrimonios entre personas del mismo sexo y realizando una anotación marginal de todas aquellas parejas que cumplan con todos los requisitos; sin embargo, la inscripción del matrimonio no se puede hacer efectiva mientras no se derogue ese artículo.
Ambas decisiones llegaron precedidas de la respuesta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante la opinión consultiva que realizó el gobierno de Costa Rica, en la cual reafirmó la obligación del país en respetar los derechos de los ciudadanos sin importar su preferencia sexual.