POR Mariela Montero Salazar | 4 de noviembre de 2020, 16:15 PM

Con 43 votos a favor y uno en contra, los diputados aprobaron este miércoles 4 de noviembre una modificación para flexibilizar la Ley de Usura, que entró a regir el pasado mes de junio.

Se trata del expediente N° 22.109, Reforma del artículo 44 Bis y 44 Ter de la ley N° 7472 “Ley de Promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor”.

El proyecto corrige dos artículos incluidos en la ley original, que restringían el acceso a créditos y limitaban el cobro de otros al impedir deducciones más allá de un salario de ₡199.760, por concepto de salario inembargable.

Con esta modificación se establece que las personas pueden optar porque el patrono siga haciendo deducciones de salario de cualquier entidad financiera, pese a que supere el salario mínimo.

La reforma también elimina la consulta obligatoria a la Central de Información Crediticia de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) que limitaba el acceso al crédito rápidos.

Además, elimina la obligatoriedad de que las deducciones salariales se realizaran por medio del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE), lo que provocaba gastos adicionales al Banco Central.

La reforma aprobada no cambia los límites de interés fijados por la Ley de Usura.

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El cambió eliminará, entre otras, las restricciones a las deducciones de salario a las cooperativas y asociaciones que trajo consigo la norma aprobada.