Nacional
Autoridades aclaran: ventas de flores sí pueden abrir sus puertas
Según el Ministerio de Agricultura, las floristerías pueden brindar sus servicios por ser parte del sector agrícola nacional.
A partir del sábado 1° de agosto, todas las cartas de excepción para la restricción vehicular sanitaria tendrán que ser actualizadas.
Esta disposición se establece en el decreto 42485-MOPT-S, el cual reforma las indicaciones establecidas anteriormente.
Otro cambio importante es que el documento solo tendrá vigencia por dos meses desde su fecha de emisión.
"Estas nuevas disposiciones se informan casi dos semanas antes de la entrada en vigencia del plazo para que las empresas y personas trabajadoras independientes puedan contar con el tiempo suficiente para realizar las modificaciones anunciadas", anunció el Gobierno en un comunicado.
El comprobante se puede entregar a las autoridades de forma física o digital.
Los conductores deben tomar en cuenta que, a partir del próximo sábado, es obligatorio presentar el carné de su empresa junto a la carta actualizada.
"En el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida, que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas", agrega el comunicado.
Según las autoridades, estas nuevas medidas se toman "con el fin de mejorar el cumplimiento de las medidas sanitarias de restricción vehicular y facilitar el trabajo a las autoridades encargadas".
Información requerida
En la carta, el patrono debe incluir los siguientes datos:
El formato del documento es el siguiente: