POR Rodolfo González | 28 de septiembre de 2021, 18:30 PM

Un especialista en derecho laboral explicó que negarse sin justificación valida a la vacunación obligatoria podría implicar el riesgo del despido sin responsabilidad patronal.

Así lo argumentó Marco Durante, socio director de la firma BDS,  durante una entrevista en el programa En Profundidad, de Teletica.com, horas después de que se diera a conocer que la vacunación será obligatoria para el sector público a partir del 15 de octubre.

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Vacunación será obligatoria en sector público a partir del 15 de octubre

Tanto la Unión Médica Nacional como la Cámara de Comercio aplauden esta decisión.

​Marco Durante añadió que hay varias normas que facultan al empleador a tomar esa sanción sin responsabilidad patronal, pues el trabajador pone en riesgo a sus compañeros con su negativa. (Ver video adjunto)

"El trabajador, en esa balanza de derechos y deberes, está exponiendo a su persona y a la colectividad a potenciales daños" explicó, al mismo tiempo que añadió que debe de existir, previamente, un debido proceso.

El experto aclaró que es posible que existan casos en que un trabajador podría argumentar que tiene condiciones de salud previas que, combinadas con la vacuna, podrían poner en riesgo su vida. De ser así, esto debería ser analizado y valorado por un médico de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Ley habla de obligatoriedad

El especialista citó a la ley General de Salud y a la Ley General de Vacunación dentro de las normas que abren la puerta para sostener la vacunación obligatoria.

En el primer caso, el artículo 150 dice que : "Son obligatorias la vacunación y revacunación contra las enfermedades transmisibles que el Ministerio determine. Los casos de excepción, por razón médica, serán autorizados solo por la autoridad de salud correspondiente".

Mientras tanto, la ley Nacional de Vacunación, en su artículo 3, establece que: "Son obligatorias las vacunaciones contra las enfermedades cuando lo estime necesario la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, que se crea en esta Ley, en coordinación con el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social".