Empleo público superará examen de la Sala con algunas salvedades, estiman expertos
La eventual injerencia de la reforma en el Poder Judicial o la objeción de conciencia podrían suponer peros en la iniciativa, aunque no como para amenazar su avance.
La reforma al empleo público no tendría mayores dificultades en superar la consulta ante la Sala Constitucional.
Así lo estiman los expertos constitucionalistas Rubén Hernández y Fabián Volio, quienes concuerdan en que el expediente, votado ayer en primer debate, podrá seguir su curso aunque con algunas excepciones.
Hernández, quien desde el principio ha respaldado la reforma, aseguró que para él la consulta presentada por 15 diputados no supone ningún riesgo de inconstitucionalidad excepto en su alegato más trivial: la objeción de conciencia.
Dentro de sus cuestionamientos, José María Villalta y el resto de los firmantes estiman que ese artículo, que permitiría a funcionarios públicos alegar reservas morales, religiosas o éticas para no recibir capacitaciones, atenta contra los derechos protegidos en la Constitución.
“La Sala posiblemente interpretará que sí, que hay una violación de la protección a los derechos humanos, pero por lo demás son solo alegatos que ya hemos escuchado de diputados, sindicatos y funcionarios públicos y que ya la Sala, con dibujitos, ha explicado que no son inconstitucionales”, afirmó Hernández.
El abogado recordó que prácticamente todo lo cuestionado por los diputados ya había sido resuelto por la Sala en 2018 cuando se discutió la ahora Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
“Todo eso ya lo resolvió la Sala hace tres años, ya dijo que no se están violentando autonomías, que no hay violación a la independencia de poderes que ya dijo que sí se puede regular el tema administrativo del Poder Judicial o qué puede y qué no tener una negociación colectiva, todo eso ya está.
“Aquí lo que pasa es que un grupo de diputados, que en 2018 defendieron tanto la rectoría de Mideplan, ahora no les sirve y entonces cuestionan algo que ellos mismos propusieron, pero ninguno de esos argumentos es válido. La Sala, lo que posiblemente sí va a hacer ahora, es dar una resolución menos genérica y más detallada, pero el fondo es el mismo”, afirmó.
Sobre lo resuelto por la Corte Plena, que interpretó que el proyecto sí violenta la independencia judicial, Hernández sostiene que más que un acuerdo del órgano esa es una interpretación del magistrado presidente, Fernando Cruz.
“Él es el que dice eso, él es que defiende eso en su voto, no la Corte”, finalizó.
Dudas
Para Fabián Volio, el proyecto también verá la luz aunque él sí guarda reservas en dos puntos específicos: esa eventual injerencia del Mideplan en el Poder Judicial y el tema del salario único.
“Ya en la reforma se había aprobado la rectoría del Mideplan en esa área administrativa, eso efectivamente había sobrevivido, pero a mí me parece que no es posible que desde Mideplan se giren instrucciones como evaluaciones, o informes de gestión al Poder Judicial, por eso es que yo estaba de acuerdo en que esos lineamientos de salario único existieran pero desde una reforma a su ley orgánica, no esta en general”, explicó.
El otro punto que para Volio podría ser debatido son los derechos adquiridos que un trabajador podría alegar cuando se le nieguen aumentos por pluses y otros incentivos, como establece la reforma en discusión.
“Ellos podrían alegar que son derechos de los que ya gozaban y podría interpretarse que sí y malograr la intención de ese salario global”, afirmó.
Sin embargo, Hernández recordó que para ese argumento también existió un fallo en la reforma fiscal donde la Sala aclaró en el tema de remuneraciones que lo único que no se podía tocar en la fórmula salarial era precisamente el salario base, mientras que el resto de sus componentes sí.
Ambos también coincidieron en que las autonomías universitarias o municipales no se están viendo vulneradas en ningún extremo, pues está claro que no hay autonomía frente a la ley.
Los diputados esperan la respuesta de la Sala en aproximadamente un mes para trabajar en las enmiendas que puedan ser necesarias o bien darle trámite de segundo debate, con la salvedad de que, para esa votación, sí serían necesarios los 38 votos si así lo reafirma la Sala Constitucional.