Presentan recurso contra artículo que impide renuncia de candidato presidencial
El abogado subrayó que no contó con apoyo de ningún partido político para presentar la acción de inconstitucionalidad.
El abogado Leonardo Crespo, presentó esta tarde, una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 138 de la Constitución Política que impide a un aspirante a la presidencia a renunciar a su candidatura previo a la segunda ronda.
El tema tomó relevancia, luego de que el liberacionista Johnny Araya anunciara su retiro de la campaña electoral, pese a que la Carta Magna no le permite renunciar e, inevitablemente, deberá haber segunda ronda con el verdiblanco en la papeleta.
“Es inconstitucional, porque hay otros artículos dentro de la Constitución que mencionan esa voluntad de las personas, esa que tiene que tener el candidato, que la debe tener incluso para elegir ministros, y hasta para juramentarse”, explicó Crespo.
“…voluntad que se desprende de lo señalado en los artículos 132, 135, 136, 137 y 140 y al voto de la Sala Constitucional número 6307-2004”, reza el documento original de la acción de inconstitucional, que tiene sello de recibido por el Poder Judicial y con el número de expediente 14-2896.
Tras ser consultado, Crespo aseguró que tomó en consideración la posibilidad de que la segunda ronda se atrase o posponga, si la Sala Constitucional acoge para estudio la acción, algo que no lo hizo detenerse en su intención.
“Lo importante es ver que definitivamente la Sala tiene que prestarle mucha atención, debido a que el plazo (de la segunda ronda) es en un mes; la Sala tiene que darle orden de prioridad, rechazándolo, aceptándolo, o atrasando los efectos de la segunda ronda”, apuntó.
El abogado subrayó que no tiene ningún vínculo político, y que para presentar la acción de inconstitucionalidad no contó con el apoyo de agrupación política alguna. Además, dijo que cuando interpuso el recurso, los funcionarios del Poder Judicial le indicaron que hasta la fecha no se ha presentado una acción contra el artículo 138 de la Constitución Política.