Por Juan José Herrera |5 de agosto de 2024, 18:25 PM

El Plenario Legislativo aprobó este lunes, por unanimidad, la reforma constitucional para permitir la extradición de costarricenses requeridos en otros países por narcotráfico o terrorismo.

Se trata del primero de cinco debates que la propuesta de la fracción oficialista necesita para modificar el artículo 32 de la Carta Magna, que hoy establece que ningún ciudadano puede ser obligado a abandonar el territorio nacional.

La propuesta, tramitada bajo el expediente 23.701, se aprobó con el respaldo de 39 legisladores y ahora irá a consulta facultativa de la Sala Constitucional.

Superado ese escaño, recibirá segundo debate y viajará a Zapote en busca del visto bueno del presidente Rodrigo Chaves, que además deberá mencionarlo en su informe de labores de mayo de 2025 para luego esperar tres nuevos debates.

“Ha llegado la hora de realizar modificaciones en nuestro ordenamiento jurídico para permitir que, bajo criterios supuestos y respetando los derechos y garantías, cualquier costarricense que presuntamente haya cometido hechos delictivos en el territorio de un tercer país, pueda someterse al procedimiento penal extranjero, ya sea para demostrar su inocencia o bien para ser sancionado y cumplir la condena, no se vale escudarse en la nacionalidad para evadir la justicia.

“La no extradición no es un derecho fundamental, por lo tanto, permitir la extradición de personas costarricenses no lesiona el principio de progresividad de los derechos humanos, lo sostuvieron varias especialistas”, defendió la verdiblanca Paulina Ramírez.

En su discusión, los diputados aclararon que la extradición deberá respetar varias condiciones: no se podrán perseguir delitos que no existan en nuestra legislación, ni se podrán aplicar penas mayores a las nuestras, por ejemplo, cadena perpetua o la pena capital (muerte).

En ese punto, la reforma estila que los únicos delitos a perseguir serán el terrorismo y el narcotráfico.

En su discusión previa, los diputados discutieron sobre la posibilidad de ampliar esa lista para perseguir otras violaciones, pero al final se decidió que, para evitar problemas de conexidad, se quedaría en esos dos.

“En Estados Unidos usualmente no acusan a las personas de narcotráfico, las acusan de legitimación de capitales, de asociación ilícita o conspiración para delinquir, al meter una lista específica en la Constitución, los demás quedan automáticamente excluidos, entonces el día que un país solicite a un ciudadano costarricense por legitimación de capitales o asociación ilícita, el tribunal costarricense va a tener que rechazar esa solicitud.

“Es un error haber puesto esos dos delitos y haber limitado la reforma a esos dos delitos, lo correcto era hacer la reforma sin limitar. Reforma es débil, pero es mejor que nada”, aseguró el liberal Eli Feinzaig.

Youtube Teletica