Por Juan José Herrera |Por Jason Ureña |22 de octubre de 2024, 17:48 PM

La Dirección Jurídica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) recomendó no pagarle el salario a la presidenta ejecutiva, Marta Esquivel, mientras esta permanezca suspendida de su cargo.

Lo hizo en respuesta a la consulta que la Dirección de Administración y Gestión de Personal le trasladó el pasado 14 de octubre, cuatro días después de que se conociera la suspensión de seis meses a Esquivel y el resto de los miembros de la Junta Directiva investigados por el caso “Barrenador”.

“Es posición jurisprudencial de la Sala Constitucional de que así como durante la prisión preventiva no se paga el salario (imposibilidad de asistir al trabajo), tampoco se debe pagar durante el plazo de otra medida cautelar que también impida al trabajador asistir, aunque no necesariamente esté privado de libertad.

“Esta posición resulta vinculante, según lo estatuido por el ordinal 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, la tesis es compartida por la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría General de la República y la Contraloría General de la República”, reza ese oficio remitido el pasado 17 de octubre.

El mismo criterio aplicará para la gerente general, María de los Ángeles Gutiérrez Brenes.

En la causa judicial también aparecen como investigados los directivos María Isabel Camareno Camareno, Johnny Gómez Pana y Zeirith Rojas Cerna.

Todos ellos son investigados por los presuntos delitos de influencia contra la Hacienda Pública y tráfico de influencias en perjuicio de la Hacienda Pública por la adjudicación de 138 Ebáis y 10 Áreas de Salud.

“En el caso concreto, se concluye que, vista la medida cautelar de suspensión del cargo impuesta a la Presidenta Ejecutiva y a la Gerente General de la Institución por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José y el mandamiento que el referido despacho judicial comunica a la Dirección de Administración y Gestión de Personal, dicha Dirección, atendiendo la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional debe proceder con la suspensión salarial de los funcionarios cautelados en virtud de la imposibilidad del ejercicio del cargo durante la vigencia de la medida cautelar”, añadió el criterio jurídico.

La Dirección de Administración y Gestión de Personal será la encargada de proceder con la suspensión del pago de Esquivel mientras se mantenga la medida cautelar impuesta por el juzgado.

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