Por Juan José Herrera |11 de marzo de 2020, 13:24 PM

La junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) acordó este miércoles modificar los reglamentos de licencias e incapacidades para permitir que los asegurados puedan acogerse a una incapacidad laboral, en caso de ser sujetos de aislamiento domiciliar, por sospechas de coronavirus.

El beneficio será válido incluso en pacientes que no presenten síntomas, pero que sean sospechosos de contagio.

El presidente ejecutivo de la CCSS, Román Macaya, explicó que la decisión busca proteger de una manera más integral a estas personas, pues antes del cambio un asegurado activo con orden sanitaria, pero sin síntomas, no podía ser beneficiario de un subsidio de incapacidad.

“Desde el punto de vista de la salud pública es claro que para la protección integral de los individuos y de las comunidades se requiere prevenir la transmisibilidad de este virus, el cual rápidamente se contagia de persona a persona.

“Nosotros debemos establecer los mecanismos necesarios para garantizar esa protección integral de la salud. Dicha protección, no puede considerarse completa, en el tanto las personas que deben mantener un estado de aislamiento, para proteger a los demás, se vean limitados en el acceso a los recursos económicos para atender sus necesidades primordiales” afirmó Macaya.

El gerente médico de la Caja, Mario Ruiz, explicó que el cambio se da en el Reglamento de Seguro de Salud de la CCSS con la adición del artículo 10 bis, para incluir la incapacidad por alerta sanitaria por Coronavirus “COVID-19”, como norma excepcional y temporal.

La incapacidad tendrá un plazo máximo establecido por la orden sanitaria del ministerio de Salud y se fundamentará en una alerta de aislamiento dictada por una autoridad competente.

Esa orden sanitaria podrá ser presentada por el asegurado, sus parientes, una persona interesada o funcionarios de Salud.

Para los casos ya declarados, su aplicación será retroactiva a partir de la emisión de la orden sanitaria. Esta medida se realizará por un plazo razonable según persista la emergencia sanitaria en el país.

Estos cambios regirán a partir de su publicación en el Diario Oficial  La Gaceta.