2 de septiembre de 2016, 11:46 AM

El Ministerio de Hacienda no podrá cobrar deudas por adelantado a los contribuyentes, ¿a quién beneficia esta decisión?

La Sala Constitucional se trajo abajo los artículos 144 y 192 del código de normas de procedimientos tributarios.

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Ninguna deuda por impuestos podrá ser cobrada antes de que el contribuyente haga la auditoría de su declaración y finalice el eventual proceso en vía judicial.

Tributación estuvo haciendo cobros anticipados desde el 2012, pero esta posibilidad fue frenada en el 2014 por acciones de inconstitucionalidad.

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Muchos argumentaron que el procedimiento ponía al borde de la quiebra a un gran número de empresas.

Por ahora los procesos de cobro siguen paralizados. Los expertos recomiendan a los contribuyentes esperar a que el procedimiento se vuelva a aplicar.

Observe los detalles en el video adjunto.