Hombre denuncia que PANI permitió a italianos adoptar a su sobrina aunque él inició proceso
El tío de la menor completó el curso de padres solicitado por el Patronato Nacional de la Infancia, así como otros trámites. ¿Qué dice la institución al respecto?
Anita tenía 4 años cuando llegó a un albergue del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) porque su madre no cumplía con las condiciones para cuidarla, pero un tío de la menor peleó por la custodia de la menor, una lucha con un desenlace inesperado.
Calle 7 Informativo conversó con este hombre, quien solicitó la protección de su identidad.
Los documentos respaldan los procesos: el tío y padrino de la niña hizo incluso el curso de padres, cumplió con los requisitos que le pedían en el PANI de Cartago; pero, de un pronto a otro, su vida se vino abajo cuando le indicaron que su sobrina había sido adoptada por una familia en Italia (ver nota completa en el video adjunto).
“A los dos días, voy al Juzgado de Familia, saco el informe y veo una sentencia de octubre de 2014 donde la niña se había dado en adopción a una familia de italianos y que fue entregada el 14 de octubre, 12 días después. O sea, cuando yo hice la evaluación en enero, la niña ya tenía tres meses de estar adoptada y yo no había sido rechazado o aceptado”, explicó el familiar de la menor.
Aunque el caso ocurrió hace 10 años, Marlon demandó al PANI porque rechaza el procedimiento de adopción en el que se le negó la opción de participar, algo que lo hizo sentirse engañado mientras eligieron a una familia extranjera.
“Realmente esas son las irregularidades que se le pide al Tribunal Contencioso que aclare por medio de los expedientes, porque él como familiar tenía la prioridad antes de dársele en adopción a una familia en Italia”, detalló Angie Arce, abogada del afectado.
En el PANI indicaron que el proceso se realizó según el reglamento y que se agotaron las posibilidades de protección segura de la niña con la familia extensa conocida; además, mediante un correo agregaron que “se generó un proceso de ubicación en familias internacionales mediante selección técnica profesional realizada por el Consejo Nacional de Adopciones”.
“Se tramitó un proceso judicial de adopción internacional en el Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia de San José, proceso que inicia con la publicación de un edicto previniendo el apersonamiento a cualquier interesado. La adopción es resuelta por un juez competente y lo resuelto es cosa juzgada material. En este escenario, atacar una resolución judicial firme de adopción, que es cosa juzgada material, no es posible”, concluyó la institución.
En el proceso judicial que se sigue contra el PANI, esta familia de Cartago pide que despidan a todos los funcionarios que intervinieron en el trámite de adopción, así como el pago moral por los daños que sufrió el denunciante, una resolución que podría estar lista en octubre de este año.