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¿Por qué el sospechoso de matar a Yuliana estaba libre si lo habían condenado a 20 años de cárcel?
El hombre, originalmente, debía salir de prisión en el 2025, pero lo hizo cuatro años antes.
El asesinato de Yuliana Ureña generó indignación durante la última semana en Costa Rica, no solo por el crimen como tal, sino porque el sospechoso de cometerlo salió de la cárcel cuatro años antes de que se cumpliera su sentencia.
A dicho sujeto, de apellido Acuña y de 40 años de edad, le fue concedido un descuento de pena por parte del Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela. El cumplimiento de la condena fue decretado el 30 de diciembre de 2021, en aplicación del artículo 55 del Código Penal.
La norma en cuestión establece que, una vez efectuados los estudios psicológicos, psiquiátricos y sociales correspondientes; el Instituto Nacional de Criminología (INC) podrá autorizar que un interno que haya cumplido la mitad de la pena, trabaje para descontar pena de prisión que le reste por cumplir. Dos días laborales equivaldrán a dos días a un día de cárcel.
En un video compartido antes de que trascendiera la razón por la que Acuña había sido libertado, el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos, criticó lo sucedido e insistió en la urgencia de "contar con todos los respaldos técnicos, así como todos los estudios sociológicos, psicológicos, educativos y criminológicos que permitan que una persona, cuando a una persona le varían la modalidad, y regrese a la sociedad, sea una persona de bien". También fustigó la "administración compartida" del Sistema Penitenciario.
La instancia jurisdiccional, en cambio, rechazó que se hubiese apartado de algún estudio y enfatizó que únicamente verificó la trayectoria laboral del sentenciado y corroboró el cómputo de penas efectuado por los órganos administrativos.
En ese contexto, surgen varias interrogantes, como por ejemplo, para qué existe ese descuento, si contribuye en algo o si se debe eliminar o modificar.
Todo depende de quién lo vea; o en este caso, opine. Teletica.com entrevistó a la supervisora regional de la Defensa Pública, Laura Arias, así como al abogado penalista Rodrigo Araya, y estos tienen concepciones distintas sobre ese numeral 55.
"Es muy importante porque parte de lo que se le solicita a la persona sentenciada es que elabore un plan preventivo de cara al egreso, que en algún momento se dará cuando cumpla su sanción. Parte de este plan preventivo implica, no solo identificar cuáles fueron los detonantes que le llevaron a involucrarse en una actividad delictiva, sino cuál es su plan preventivo, cuál es esta red de apoyo no solo familiar, sino social, con la que cuenta para realizar ese plan, que muchas veces se sintetiza en preguntar y en conocer, qué debe hacer o qué no debe hacer la persona sentenciada para volver a delinquir", destacó la jurista.
A lo anterior, Arias abonó que actividades laborales o educativos generan "hábitos positivos", con incidencia en los distintos perfiles sociodemográficos. En esa línea, recalcó que una buena parte de los privados no poseen educación completa, o tienen otros factores de vulnerabilidad, como el consumo de sustancias ilegales o la residencia en comunidades que carecen de acceso a la totalidad de servicios.
Mencionó también que, si bien los reos que trabajan no reciben un salario como tal, sí cuentan con estipendio, que les permite hacer aportes a sus núcleos familiares.
Rodrio Araya, en cambio, encasilla esta media pena en una lista de "beneficios" carcelarios que, aunque sostiene que no está en contra de estos, sí cree que deben modificarse.
"Esto es lo que implica es que, a mi criterio, el artículo 55 tiene que reformarse de manera integral, para que contenga de una vez todos y cada uno de los beneficios que se puedan otorgar. Y aquí el grave problema de los beneficios es uno, lo que yo he venido diciendo hace mucho tiempo y es que el Estado costarricense, no invierte en construir más cárceles, y si le sumamos que cada día se envían más personas a prisión, entonces el sistema colapsa y como el sistema colapsa, entonces tiene que tirarse gente a la calle", indicó Araya.
"Yo le garantizo a usted que todo este montón de reos presos que tienen condenas altas, y hubieran más cárceles o se ampliaran significativamente las cárceles que existen, el Ministerio de Justicia no se vería en la necesidad de tener que, con el tercio de la pena o con la mitad de la pena, tirarlos a la calle", agregó.
Consultado sobre qué haría, el abogado y criminólogo apuntó que podría modificarse la relación de días laborados con días de descuento. Así, detalló que puede aumentarse a siete los días trabajados para bajar un día de pena. Desde su perspectiva, esto debe aplicarse igualmente a las prisiones preventivas o estudios.
Al preguntársele a Arias la importancia del ordinal 55, y qué pasaría si este se reformara o eliminara, la defensora indicó: "Tenemos cárceles que para nadie es un secreto que no satisfacen los fines mínimos de habitabilidad y permanencia. El no fomentar la actividad laboral o educativa en el contexto del Sistema Penitenciario no solamente impactaría el cumplimiento del fin de la pena. No vamos a tener personas que sean productivos y sería el encierro por el encierro".
Sumó que ni el sistema jurídico costarricense, así como los instrumentos de derecho internacional, determinan que las penas tengan tal propósito de neutralización, sino más bien la normalidad y la reinserción social.
No obstante, para Araya la reinserción es muy "casuístico" y depende, más bien, de estudios técnicos individualizados.