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¿Qué hace un Defensor o Defensora de los Habitantes?
Los legisladores tienen en sus manos la designación del nuevo jerarca de la Defensoría, cuyas funciones son desconocidas por muchas personas. Aquí las repasamos.
Ahora que los diputados de la Asamblea Legislativa están enfrascados en una discusión para escoger al nuevo jerarca de la Defensoría de los Habitantes, vale la pena retomar una pregunta: ¿Cuáles son las funciones del Defensor o Defensora?
Según lo estipulado por la legislación, esta institución es un órgano parte del Poder Legislativo que vela porque actividad del sector público "se ajuste al ordenamiento jurídico y la moral, de forma tal que los derechos e intereses de los habitantes siempre estén protegidos".
Reciben las denuncias de la ciudadanía con respecto a una aparente violación de derechos por parte de una institución pública y, tras una investigación exhaustiva, el jerarca y su equipo brindan una serie de recomendaciones a las autoridades implicadas.
"Si en el ejercicio de sus funciones, la Defensoría llega a tener conocimiento de la ilegalidad o arbitrariedad de una acción, debe recomendar y prevenir al órgano respectivo, la rectificación correspondiente, bajo los apercibimientos de ley; pero si se considera que el hecho puede constituir delito, debe denunciarlo ante el Ministerio Público", indica el marco de accionar de la institución en su página web.
Si bien las recomendaciones no son de carácter vinculante u obligatorio, el peso está en el organismo de las que vienen.
Lisbeth Quesada, exdefensora en el periodo 2005-2009, explicó a Teletica.com que la persona que ocupe este cargo, fundamentalmente, tiene dos paraguas para trabajar.
"Todo lo que tiene que ver con la defensa de los habitantes en términos de derechos humanos y todo lo que tiene que ver con la enseñanza, docencia y aplicación en la realidad de esos derechos humanos. Si usted no conoce sus derechos, ¿cómo los va a defender?", indicó.
Es importante recordar que la institución carece de competencia para intervenir en asuntos entre entes privados ni en dos escenarios en el ámbito público.
"Hay dos cosas en las que la Defensoría de los Habitantes no se puede meter: una es el Tribunal Supremo de Elecciones y la otra es en el Poder Judicial cuando se está llevando a cabo un juicio. Todo lo demás que sucede en el país, es de interés de la Defensoría, porque en todo lo demás se pueden estar violando los derechos de las personas", añadió.
Sin embargo, en cuanto a lo privado, Quesada asegura que es el jerarca podría incidir, eventualmente, con su magistratura de influencia.
Según la Ley, la Defensoría y su jerarca ejercen control político mediante "la legalidad, la moralidad y la justicia de las acciones u omisiones de la actividad administrativa del sector público, en tanto puedan afectar derechos e intereses de los habitantes".
"La Defensoría no puede sustituir los actos, actuaciones materiales ni las omisiones de la actividad administrativa. No puede ordenar que se ejecute o se deje de ejecutar un acto, ni mucho menos puede realizarlo", añade el Marco Institucional.
Cabe resaltar que todo esto está a disposición de la población sin costo alguno.