Por Natalia Suárez |24 de septiembre de 2018, 1:08 AM

La huelga cumple ya 15 días y un juez de trabajo resolvió con lugar la primera solicitud de ilegalidad: se trata del Consejo Nacional de Producción (CNP).

Según el fallo la huelga "es ilegal por cuanto el supuesto de hecho no permite la protesta. Es un movimiento a nivel nacional, que reprocha un proyecto de legislación, y esto no está incluido dentro de la relación obrero patronal"

Agrega el fallo que: "es imposible que el CNP, agrade a sus trabajadores, aún estando de acuerdo, ya que la institución no puede obligar al Ejecutivo, ni a la Asamblea de legislar de una manera u otra, o de proponer leyes de distinto tipo".

Esta es una de las 40 solicitudes de ilegalidad planteadas por las instituciones públicas desde el pasado 10 de setiembre cuando inició el movimiento de huelga general.

Con base en este fallo, los trabajadores del Consejo Nacional de Producción deben regresar a sus labores en un plazo de 24 horas y el patrono puede rebajar el salario por los días no laborados.

Pero, ¿qué significa esta declaración de ilegalidad? ¿qué consecuencias tiene para los trabajadores del CNP que han estado en huelga?

Para aclarar estas y otras consultas le invitamos a escuchar en el video adjunto la entrevista completa con Marco Durante Calvo, abogado experto en temas laborales.