Por Teletica.com Redacción |22 de septiembre de 2018, 8:17 AM

La resolución con lugar sobre la ilegalidad de la huelga en el Consejo Nacional de Producción (CNP) la realizó el juez de trabajo del Primer Circuito Judicial Arnoldo Álvarez Desanti a las 5:00 del a tarde con cuatro minuto de este viernes.

La solicitud de declaratoria de ilegalidad fue planteada por el Consejo Nacional de Producción el pasado 12 de setiembre.

Según el fallo, la huelga "es ilegal por cuanto el supuesto de hecho no permite la protesta. Es un movimiento a nivel nacional, que reprocha un proyecto de legislación, y esto no está incluido  dentro de la relación obrero patronal"

Agrega el fallo que: "es imposible que el CNP, agrade a sus trabajadores, aún estando de acuerdo, ya que la institución no puede obligar al Ejecutivo, ni a la Asamblea de legislar de una manera u otra, o de proponer leyes de distinto tipo".

Esta es una de las 40 solicitudes de ilegalidad planteadas por las instituciones públicas desde el pasado 10 de setiembre cuando inició el movimiento de huelga general.

Con base en este fallo, los trabajadores del Consejo Nacional de Producción deben regresar a sus labores en un plazo de 24 horas y el patrono puede rebajar el salario por los días no laborados.

Sin embargo, el sindicato de empleados del CNP puede apelar el fallo del Juzgado de Trabajo.

El gobierno solicitó a las instituciones que pidieran la ilegalidad de la huelga desde el mismo momento que inició el movimiento, sin embargo, los plazos que brinda la Ley Procesal Laboral podrían hacer que la sentencia en firme llegue hasta el próximo mes de octubre.

Quedan pendientes de resolver más de 30 solicitudes de declaratoria de ilegalidad de la huelga.